13 marzo, 2017

Restricciones

Que artículos no se pueden enviar a través del servicio Puerta a Puerta

  • Armas, municiones, productos perecederos, explosivos algunos peligrosos (Revisar según El Caso) y mercancías vulnerables para la autoridad aduanera en México, como son: (Vehículos terrestres, aéreos, marítimos nuevos o usados cualquiera que sea el valor de los bienes)
  • Máquinas para juegos o apuestas y sorteos, nuevos y usados, cualquiera que sea el valor de los bienes.
  • Equipos y maquinas para la elaboración de tarjetas de pago, cualquiera que sea el valor de los bienes.
  • Joyas, relojes, piedras preciosas, cuyo valor individual sea igual o superior al equivalente a cuatrocientas ochenta y cinco veces al saldo mínimo vigente mexicano.
  • Obras de arte, cuyo valor individual sea igual o superior al equivalente a cuatrocientas ochenta y cinco veces al saldo mínimo vigente.
  • Materiales de resistencia balística para la prestación de servicios de blindaje de vehículos, cualquiera que sea el valor de los bienes.

Restricciones para medicamentos y otros.

No se pueden enviar los siguientes medicamentos:

  • Paracetamol
  • Ibuprofeno
  • Losartán
  • Metformina
  • Aerosoles
  • Medicamentos Refrigerados
  • Solo se pueden enviar hasta un máximo de 6 cajas del mismo medicamento por envío.